Condiciones y detalles de la Garantía por Daños a la propiedad del Miembro Anfitrión de HomeExchange

img-header

Última actualización: 01/06/2026

La comunidad de HomeExchange se basa en la confianza y la hospitalidad. Para apoyar a nuestros miembros en sus intercambios, ofrecemos una Garantía diseñada para proteger a los Anfitriones en caso de daños a la propiedad. Estas condiciones describen la protección proporcionada y los requisitos para su aplicación.
La Garantía de HomeExchange es proporcionada por la empresa TUKAZZA! SAS (RCS París 532 000 783) y operada por sus filiales:

  • HOMEEXCHANGE INC para las Américas (Estados Unidos, Canadá, Latinoamérica), el Reino Unido, Australia, Nueva Zelanda y Asia.
  • HOMEEXCHANGE SAS para la Unión Europea, el continente europeo y África.

Condiciones aplicables según su ubicación:
Al finalizar un intercambio en nuestra Plataforma, usted se beneficia de la Garantía proporcionada por la entidad aplicable según su ubicación:

  • Si reside en Europa (excluyendo el Reino Unido) o África, su parte contratante es HomeExchange SAS. Se le aplican las Condiciones de la Garantía por Daños a la Propiedad para el Anfitrión de HOMEEXCHANGE SAS.
  • Si reside en los Estados Unidos, Canadá o cualquier otro país de las Américas, Australia, Nueva Zelanda, el Reino Unido o Asia, su parte contratante es HomeExchange INC. Se le aplican las Condiciones de la Garantía por Daños a la Propiedad para el Anfitrión de HOMEEXCHANGE INC.

CONDICIONES GENERALES DE LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS A LOS BIENES DE LOS MIEMBROS ANFITRIONES DE HOMEEXCHANGE - SAS

1. Información general

HomeExchange ofrece, a título comercial y a su entera discreción, a los Miembros Anfitriones que hayan formalizado una Suscripción una garantía en caso de Daños, robo u otras pérdidas causadas por un Miembro Invitado durante su estancia, en las condiciones y límites que se describen a continuación.

Esta garantía no constituye una póliza de seguro y no pretende sustituir las garantías de los contratos de seguro que los Miembros deben suscribir y aplicar sin demora.

Esta garantía se ofrece con el fin de garantizar a los Miembros Anfitriones la seriedad y la calidad del servicio de puesta en contacto de HomeExchange.

En caso de indemnización por parte de HomeExchange en las condiciones y límites previstos en su oferta de garantía, HomeExchange se subrogará en los derechos del Miembro para recuperar el importe pagado al autor o autores de los Daños o a cualquier persona financieramente responsable de la indemnización.

Ningún pago realizado por HomeExchange en el marco de la presente garantía constituye una liberación, reducción o anulación de la responsabilidad de un Miembro por cualquier Daño o lesión causados por dicho Miembro o cualquier otra persona, o de los que un Miembro sea responsable.

Sin perjuicio de la garantía ofrecida por HomeExchange, el Miembro Anfitrión sigue siendo responsable de tomar medidas razonables para proteger el Alojamiento y los Contenidos durante un Intercambio (por ejemplo, guardar los Contenidos de valor en una caja fuerte cerrada con llave e inaccesible, cambiar periódicamente las cerraduras o los códigos del Alojamiento).

LA GARANTÍA DE HOMEEXCHANGE EN VIRTUD DE LAS PRESENTES CONDICIONES NO PODRÁ EN NINGÚN CASO SUPERAR LA CANTIDAD MÁXIMA.

2. Definiciones

(a) Las siguientes definiciones se aplican a las presentes condiciones:

«Bienes» se refiere indistintamente al Alojamiento o a los Contenidos objeto de la presente garantía.

«Daños Cubiertos» se refiere a: (1) Daños en el Alojamiento y (2) Daños en los Contenidos.

«Contenidos» se refiere a los artículos domésticos, objetos de arte, antigüedades, objetos de colección, joyas, piedras preciosas, relojes, pieles, armas de fuego, ropa y otros bienes personales que se utilizan habitualmente en una Alojamiento y que pertenecen a un Miembro Anfitrión en una Alojamiento (pero, en el caso de joyas, piedras preciosas, relojes, pieles y armas de fuego, solo aquellos que se guarden adecuadamente en una caja fuerte cerrada con llave inaccesible para los Miembros Invitados o los ocupantes), pero no incluye dinero en efectivo, billetes y divisas, cheques, tarjetas de crédito, giros postales, cheques de viaje, giros bancarios, letras bancarias cruzadas, sellos postales corrientes, sellos y certificados de ahorro nacional, sellos del seguro nacional, cheques regalo, vales, billetes de viaje, cheques de comida y comida o bebida, animales, plantas, árboles, setos, vehículos de cualquier tipo, embarcaciones y edificios.

«Daños al Contenido» se refiere a los daños causados a cualquier Contenido del Alojamiento del Miembro Anfitrión por acciones u omisiones accidentales o maliciosas de un Miembro Invitado o de los ocupantes del Alojamiento durante un Intercambio.

«Daños al Alojamiento» se refiere a los daños causados a cualquier edificio permanente, incluidas las instalaciones y los equipos, en el Alojamiento del Miembro Anfitrión por las acciones u omisiones accidentales o maliciosas de un Miembro Invitado o de los ocupantes del Alojamiento durante un Intercambio.

La «Suma Máxima» es de:

  • 1 000 000 € para los Daños al Alojamiento de los Miembros con una Suscripción anual activa y que se benefician del Servicio HomeExchange y de 2 000 000 € para los Miembros con una Suscripción anual activa y que se benefician del Servicio HomeExchange Collection.
  • 100 000 € por Daños al Contenido de los Miembros, tanto si han suscrito el servicio HomeExchange como HomeExchange Collection.

Todos los demás términos definidos utilizados en las presentes condiciones tienen el significado que se les da en las Condiciones de Uso, que puede consultar aquí.

3.Condiciones de aplicación de la garantía

La Garantía por Daños a los bienes del Miembro Anfitrión solo se puede aplicar si el Miembro Anfitrión envía a HomeExchange, a través de este enlace, en un plazo de 10 días tras la salida del Miembro Invitado y, a más tardar, antes de la llegada del siguiente Miembro Invitado, una declaración firmada y certificada en la que se describa el Daño Cubierto, su naturaleza, su causa y su estimación, acompañada de los siguientes elementos:

  • Fotografías del Daño;
  • Facturas originales, si es posible, u otros documentos que acrediten el valor real de los artículos o bienes dañados;
  • Prueba de la propiedad por parte del Miembro Anfitrión o de la responsabilidad legal (por ejemplo, un contrato de alquiler) de los bienes dañados;
  • Presupuesto o estimación para la sustitución/reparación;
  • Copia de la denuncia y/o del informe policial cuando el Daño Cubierto se deba a un robo o a una infracción de la ley; y
  • Presentación del seguro de hogar del Miembro para Daños superiores a 5000 €.
  • Declaración de siniestro a su aseguradora,
  • Si procede, facturas pagadas por la sustitución de los Contenidos robados.

Si el Miembro Anfitrión no dispone de todos los justificantes necesarios en el plazo de diez días (por ejemplo, si está esperando un presupuesto de reparación), deberá solicitar un plazo adicional a HomeExchange, que en ningún caso podrá exceder los treinta (30) días a partir del último día de la estancia del Miembro Invitado. Cualquier notificación de Daños, robo o pérdida, o la presentación de cualquier prueba que lo acredite, que se facilite fuera de este plazo de treinta días será rechazada.

El Miembro Anfitrión se compromete además a declarar y enviar a HomeExchange cualquier justificante de indemnización por los Daños Cubiertos por cualquier otro medio: indemnización por una póliza de seguro, por un pago directo del autor del Daño y/o del Miembro Invitado.

La indemnización solo se pagará tras la recepción del Miembro Anfitrión de una prueba satisfactoria del límite aplicable de su póliza de seguro.

4. Objeto, importe y limitaciones de la indemnización

4.1. Daños al Propiedad

En lo que respecta a los Daños al Propiedad, HomeExchange pagará, a su entera discreción:

(a) el coste de la reconstrucción o reparación de los edificios hasta dejarlos en un estado igual al nuevo, pero sin mejorarlo ni ampliarlo;

(b) los siguientes gastos y costes, necesarios y razonables, incurridos para la reconstrucción o reparación como consecuencia de los Daños causados por uno o varios invitados asegurados por la presente sección:

  • el coste de la retirada de los escombros de los edificios del lugar o de la zona inmediatamente adyacente;
  • el coste del desmantelamiento, la demolición, la consolidación o el apuntalamiento de cualquier parte de los edificios;
  • el coste del cumplimiento de cualquier requisito legal o de las autoridades locales en relación con la parte dañada de los edificios, a menos que se haya notificado dicho requisito antes de que se produjeran los Daños causados por uno o varios invitados y siempre que los edificios se hayan construido originalmente de conformidad con la normativa gubernamental y de las autoridades locales vigente en ese momento;
  • los honorarios de arquitectos, topógrafos o ingenieros consultores; y
  • los honorarios y gastos de los peritos,

hasta el importe más bajo entre el importe del seguro aplicable del Miembro Anfitrión sobre o en el Alojamiento y la Suma Máxima.

Si el Alojamiento del Miembro Anfitrión queda inhabitable debido a un Daño Cubierto, haremos todo lo posible por realojar al huésped buscando un intercambio de sustitución (una o varias opciones). Si no se puede organizar un intercambio de sustitución, contribuiremos a los gastos de alojamiento del huésped, a nuestra entera discreción, hasta un máximo de 110 € por noche (o 275 € por noche para los servicios HomeExchange Collection). El importe del reembolso no superará los 110 € por noche y estará sujeto a la presentación de justificantes válidos durante un periodo máximo de 6 meses. La indemnización total no podrá superar en ningún caso el límite de garantía mencionado anteriormente.

La indemnización por Daños en el Alojamiento no incluye:

  • un alojamiento alternativo para el Miembro Invitado o cualquier otro ocupante autorizado; ni
  • cualquier pérdida de uso del Alojamiento por parte de un Miembro Invitado u otro ocupante autorizado.

4.2. Daños al Contenido

En caso de Daños al Contenido, HomeExchange pagará al Miembro Anfitrión, a su entera discreción, el coste de sustitución o reparación de los Contenidos, o le indemnizará por los Contenidos perdidos o dañados, tras tener en cuenta la depreciación del Contenido y su valor real, dentro del límite del importe menor entre el importe del seguro aplicable del Miembro Anfitrión sobre los Contenidos y la suma máxima de 100 000 €.

En cualquier caso, el importe máximo del reembolso en caso de Daños al Contenido no podrá exceder el valor del Contenido declarado en el seguro del Contenido y/o del Alojamiento del Miembro Anfitrión.

La posible indemnización solo se pagará tras la recepción por parte del Miembro Anfitrión del certificado de seguro vigente en el que se especifique el importe máximo de la garantía asumida por la compañía de seguros del Miembro Anfitrión.

5.Franquicia

El importe de la Fianza pagadera por el Miembro Invitado se deducirá sistemáticamente de la indemnización en concepto de franquicia.

Si los Daños superan el importe de la Fianza, esta se cobrará en su totalidad y el Miembro Invitado seguirá siendo responsable del saldo de la indemnización frente a HomeExchange.

6. Subrogaciones

En caso de indemnización por parte de HomeExchange en las condiciones y límites previstos en su oferta de garantía, HomeExchange se subrogará en los derechos del Miembro para recuperar el importe pagado del Miembro Invitado, de los posibles autores de los Daños o de cualquier persona financieramente deudora de la indemnización.

El Miembro Anfitrión indemnizado se compromete a colaborar con HomeExchange para permitirle llevar a cabo las acciones de recurso necesarias (envío de cualquier documento solicitado, posible testimonio ante los tribunales, etc.).

7. Exclusiones generales

HomeExchange no realizará ningún pago en virtud de las presentes condiciones de garantía en lo que respecta a:

(a) pérdidas o daños ocurridos antes de que el Alojamiento fuera objeto del Intercambio más reciente;

(b) pérdidas o daños causados después de la expiración de la duración del Intercambio acordado a través del sitio web HomeExchange.com;

(c) pérdidas o daños que no hayan sido causados por el uso o el comportamiento del Miembro Invitado y sus acompañantes;

(d) las pérdidas, daños, responsabilidades, costes o gastos de cualquier naturaleza causados directa o indirectamente por radiaciones ionizantes o contaminación radiactiva procedentes de cualquier combustible nuclear o residuos resultantes de la combustión de combustible nuclear, o por las propiedades radiactivas, tóxicas, explosivas u otras propiedades peligrosas de máquinas nucleares o cualquier parte de las mismas;

(e) las pérdidas, daños, responsabilidades, costes o gastos de cualquier naturaleza causados directa o indirectamente por una guerra, invasión o revolución;

(f) las pérdidas, daños, responsabilidades, costes o gastos de cualquier naturaleza causados directa o indirectamente por las ondas de presión de las aeronaves;

(g) las pérdidas, daños, responsabilidades, costes o gastos de cualquier naturaleza causados directa o indirectamente por, resultantes de o relacionados con cualquier acto de terrorismo. A los efectos de la presente exclusión, se entiende por «terrorismo» el uso o la amenaza de uso de la fuerza o de contaminación biológica, química y/o nuclear por parte de cualquier persona, ya sea actuando por su cuenta o en nombre de, o en relación con, cualquier organización o gobierno, con fines políticos, religiosos, ideológicos o similares, incluida la intención de influir en cualquier gobierno o de infundir miedo en cualquier sector de la población;

(h) pérdidas, daños, responsabilidades, costes o gastos de cualquier naturaleza causados directa o indirectamente por o como resultado del desgaste, virus, enfermedades, corrosión, óxido, humedad, insectos, parásitos, hongos, condensación, decoloración, heladas o cualquier otro fenómeno gradual, procesos de limpieza, teñido, reparación, modificación, renovación o restauración, catástrofes naturales;

(i) pérdidas, daños, responsabilidades, costes o gastos de cualquier tipo causados por o resultantes de un diseño, fabricación o materiales mediocres o defectuosos;

(j) pérdidas o daños causados por el uso del Alojamiento por parte del Miembro Anfitrión para actividades ilegales;

(k) cualquier reclamación o gasto de cualquier naturaleza causado directa o indirectamente por, o que se derive de, cualquier contaminación o contaminación;

(l) pérdidas, Daños, responsabilidades, costes o gastos de cualquier tipo causados por la putrefacción;

(m) muerte accidental, enfermedad o lesión física accidental de un Miembro Anfitrión, un Miembro Invitado o un ocupante (a menos que sean causados directamente por negligencia o conducta más culpable de HomeExchange);

(n) los daños causados por un Miembro Invitado o un ocupante a las propiedades adyacentes de terceros;

(o) las pérdidas o daños causados a los equipos por su incapacidad para reconocer correctamente los datos que representan una fecha, de manera que se obstaculice o impida su funcionamiento, o por virus informáticos.

(p) los gastos judiciales, las ventajas legales y/o la responsabilidad que se deriven directa o indirectamente de la incapacidad del equipo para reconocer correctamente los datos que representan una fecha, de manera que se obstaculice o impida su funcionamiento, o de los virus informáticos. Para evitar cualquier ambigüedad, no se excluye ninguna reclamación por gastos judiciales/beneficios legales destinados a obtener una indemnización por Daños corporales.

A los efectos de los puntos (n) y (o) anteriores:

  • Los equipos incluyen ordenadores y cualquier dispositivo que contenga un chip electrónico.
  • Los ordenadores incluyen el hardware, el software, los datos, los equipos electrónicos de procesamiento de datos y otros equipos informáticos y electrónicos relacionados con un ordenador.
  • Los chips electrónicos incluyen circuitos integrados y microcontroladores.
  • Los virus informáticos incluyen cualquier programa o software que obstaculice o impida el funcionamiento de cualquier sistema operativo, programa informático o software.

HomeExchange no realizará ningún pago en virtud de la presente oferta de garantía, siempre que el pago de la indemnización:

  • incumpla las sanciones económicas, financieras o comerciales impuestas por la legislación del país en el que se aplicaría la garantía;
  • (y) incumpla las sanciones económicas, financieras o comerciales impuestas por Canadá, la Unión Europea, el Reino Unido o los Estados Unidos de América.

8. Zona geográfica no cubierta

Cualquier Alojamiento publicado en el sitio web es elegible para la garantía de Daños cubiertos en virtud de las presentes condiciones, salvo que se encuentre en un país que una administración o el ministerio de un Estado mencione como desaconsejado para viajar en sus comunicaciones (por ejemplo: Ministerio de Asuntos Exteriores en Francia www.diplomatie.gouv.fr, Foreign, Commonwealth & Development Office del Reino Unido www.gov.uk, etc.).

CONDICIONES GENERALES DE LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS A LOS BIENES DE LOS MIEMBROS ANFITRIONES DE HOMEEXCHANGE - INC

Última actualización: 06/01/2026

1. Información general

HomeExchange ofrece, a título comercial y a su entera discreción, a los Miembros Anfitriones que cuenten con una suscripción activa, una indemnización (la “Indemnización”) en caso de daños, robo u otras pérdidas causadas por un Miembro Invitado durante su estancia, en las condiciones y dentro de los límites que se describen a continuación.

Esta Indemnización no constituye una póliza de seguro y no está destinada a sustituir las coberturas ofrecidas por los contratos de seguro que los Miembros están obligados a suscribir conforme a los Términos, y que deberán activar inmediatamente notificando a su aseguradora y/o presentando la reclamación correspondiente en caso de daño.

En caso de pago de la Indemnización por parte de HomeExchange conforme a las presentes Condiciones de Indemnización, HomeExchange quedará subrogada en los derechos del Miembro a fin de recuperar las sumas abonadas de la(s) persona(s) responsable(s) del daño, robo o pérdida, o de cualquier persona financieramente responsable de dichos importes.

Ningún pago efectuado por HomeExchange en virtud de las presentes condiciones generales (las “Condiciones de Indemnización”) podrá considerarse como una exención, reducción o liberación de la responsabilidad de un Miembro por cualquier daño o perjuicio causado por dicho Miembro o por cualquier otra persona, o del cual sea responsable.

No obstante la Indemnización ofrecida por HomeExchange, el Miembro Anfitrión sigue siendo responsable de adoptar todas las medidas razonables para asegurar su Alojamiento y sus Bienes durante un Intercambio (por ejemplo: colocar los objetos de valor en una caja fuerte cerrada e inaccesible, cambiar periódicamente cerraduras o códigos del Alojamiento, etc.).

LA INDEMNIZACIÓN CONCEDIDA CON ARREGLO A LAS PRESENTES CONDICIONES NO PODRÁ EN NINGÚN CASO SUPERAR EL IMPORTE MÁXIMO.

2. Definiciones

A los efectos de las presentes Condiciones de Indemnización, se aplican las siguientes definiciones:

“Bienes”: bienes muebles, obras de arte, antigüedades, objetos de colección, joyas, piedras preciosas, relojes, pieles, armas de fuego, ropa y otros bienes personales utilizados habitualmente en un alojamiento y que pertenezcan a un Miembro Anfitrión en su Alojamiento (pero, en el caso de joyas, piedras preciosas, relojes, pieles y armas de fuego, únicamente aquellos que se encuentren correctamente guardados en una caja fuerte cerrada e inaccesible para los Miembros Invitados u ocupantes).

Quedan expresamente excluidos: dinero en efectivo, billetes y divisas, cheques, tarjetas de crédito, giros postales, cheques de viaje, letras de cambio, sellos, vales regalo, bonos, vales de viaje, vales de comida, alimentos o bebidas, animales, plantas, árboles, setos, vehículos de cualquier tipo, embarcaciones y edificaciones.

“Daños Cubiertos”: (i) Daños al Alojamiento y (ii) Daños a los Bienes.

“Daños a los Bienes”: daños causados a, o el robo o la pérdida de, cualquier Bien situado en el Alojamiento del Miembro Anfitrión, como consecuencia de actos u omisiones accidentales o intencionados de un Miembro Invitado o de cualquier otro invitado que ocupe el Alojamiento durante un Intercambio.

“Daños al Alojamiento”: daños causados a cualquier estructura permanente, incluidas las instalaciones y equipamientos fijos, del Alojamiento del Miembro Anfitrión, como consecuencia de actos u omisiones accidentales o intencionados de un Miembro Invitado o de cualquier otro invitado que ocupe el Alojamiento durante un Intercambio.

“Evento de Fuerza Mayor”: cualquier acontecimiento o circunstancia que escape razonablemente al control de la parte afectada y que impida o retrase el cumplimiento de sus obligaciones conforme a las presentes Condiciones, siempre que:

(a) no fuera razonablemente previsible en la fecha en que ocurrió, y

(b) no pudiera evitarse o superarse mediante medidas razonables.

Sin limitar el carácter general de lo anterior, se consideran Eventos de Fuerza Mayor, entre otros: catástrofes naturales (inundaciones, sequías, terremotos, tormentas, incendios, explosiones), epidemias o pandemias, conflictos armados, actos terroristas, disturbios civiles, contaminación nuclear, química o biológica, actos de autoridades públicas, sanciones económicas y conflictos laborales generalizados.

“Importe Máximo”:

  • 1.000.000 USD para los Daños al Alojamiento de los Miembros con una Membresía anual activa de los Servicios HomeExchange, y 2.000.000 USD para los Miembros Collection con una Membresía Collection anual activa;

  • 100.000 USD para los Daños a los Bienes, tanto para Miembros HomeExchange como Collection.

Los demás términos definidos tendrán el significado que se les atribuye en los Términos.

“Propiedad”: conjuntamente, el Alojamiento y los Bienes del Miembro Anfitrión situados en dicho Alojamiento.

3. Condiciones para la aplicación de la Indemnización

Para beneficiarse de la Indemnización, a discreción de HomeExchange, el Miembro Anfitrión deberá enviar a HomeExchange, a través del enlace habilitado al efecto, dentro de un plazo de diez (10) días desde la salida del Miembro Invitado y, en todo caso, antes de la llegada del siguiente Miembro Invitado, una declaración firmada y certificada que describa los Daños Cubiertos, su naturaleza, causa y coste estimado, acompañada de los siguientes elementos:

  • fotografías de los Daños Cubiertos;
  • facturas originales, cuando sea posible, o cualquier otro documento que acredite el valor real de la Propiedad dañada;
  • prueba de propiedad o de responsabilidad legal (por ejemplo, un contrato de arrendamiento) del Miembro Anfitrión;
  • presupuestos o estimaciones de reparación o sustitución;
  • copia de la denuncia y/o informe policial en caso de robo o infracción penal;
  • justificante del seguro del Miembro Anfitrión para cualquier daño superior a 5.000 USD;
  • copia del formulario de declaración presentado a la aseguradora del Miembro Anfitrión;
  • en su caso, facturas pagadas por la sustitución de los Bienes robados.

Si el Miembro Anfitrión no dispone de todos los documentos justificativos dentro del plazo de diez (10) días, deberá solicitar una prórroga a HomeExchange, que no podrá exceder de treinta (30) días desde el último día de la estancia. Cualquier declaración o documento presentado fuera de estos plazos será rechazado.

El Miembro Anfitrión se compromete igualmente a declarar cualquier indemnización percibida por otros medios (seguro, pago directo por el responsable del daño, etc.).

El pago de la Indemnización solo podrá efectuarse una vez que HomeExchange haya recibido una prueba satisfactoria de los límites aplicables del seguro del Miembro Anfitrión.

4. Objeto, importe y límites de la indemnización

4.1 Daños al Alojamiento

HomeExchange podrá, a su sola discreción, abonar:

(a) el coste de la reconstrucción o reparación de los edificios hasta dejarlos en un estado igual al nuevo, pero sin mejorarlo ni ampliarlo;

(b) los gastos necesarios y razonables derivados de dichas reparaciones, incluidos:

  • retirada de escombros;
  • demolición parcial;
  • honorarios de arquitectos, peritos o ingenieros.

Estos importes estarán limitados al menor entre el límite de la póliza de seguro aplicable y el Importe Máximo.

Si el Alojamiento resulta inhabitable, HomeExchange hará todo lo posible por realojar al Miembro Anfitrión. En caso de no ser posible, podrá concederse una contribución a los gastos de alojamiento de hasta 120 USD por noche (o 275 USD para Miembros Collection), previa presentación de justificantes, durante un periodo máximo de seis (6) meses.

Quedan excluidos:

  • el realojamiento del Miembro Invitado;
  • cualquier pérdida de uso por parte de un Miembro Invitado.

4.2 Daños a los Bienes

En caso de Daños a los Bienes, Home exchange podrá pagar al Miembro Anfitrión, a su exclusiva discreción, el coste de sustitución o reparación de los Bienes, o bien los indemnizará por los Bienes perdidos o dañados, teniendo en cuenta la depreciación de los Bienes y su valor real, hasta el importe menor entre la cantidad cubierta por el seguro aplicable del Miembro Anfitrión para dichos Bienes y el Importe Máximo.

En cualquier caso, el Importe Máximo en caso de Daños a los Bienes no podrá superar el valor de los Bienes declarado en el seguro aplicable del Miembro Anfitrión.

La Indemnización solo podrá pagarse al Miembro Anfitrión, a la entera discreción de HomeExchange, una vez que HomeExchange haya recibido una prueba satisfactoria del límite aplicable de la póliza de seguro correspondiente del Miembro Anfitrión

5. Fianza

El importe del Depósito de Seguridad abonado por el Miembro Invitado se deducirá de la Indemnización.

En caso de que los costes derivados de los Daños Cubiertos excedan el importe del Depósito de la fianza, dicho Depósito de fianza será ejecutado en su totalidad, y el Miembro Invitado continuará siendo responsable frente a HomeExchange por el importe restante de la Indemnización correspondiente

6. Subrogación

n caso de que HomeExchange proceda al pago de la Indemnización conforme a los Términos de Indemnización, HomeExchange quedará subrogada en los derechos del Miembro para reclamar el importe abonado frente a la persona o personas responsables del daño, robo u otra pérdida, así como frente a cualquier persona que resulte económicamente responsable de dicho importe.

El Miembro Anfitrión indemnizado se compromete a cooperar con HomeExchange, a fin de permitirle ejercer las acciones necesarias para la recuperación de la Indemnización abonada, incluyendo, a título enunciativo y no limitativo, la aportación de la documentación que le sea requerida y, en su caso, la prestación de testimonio en procedimientos judiciales.

7. Exclusiones generales

HomeExchange no efectuará ningún pago en virtud de los presentes Términos de Indemnización respecto de:
(a) cualquier pérdida o daño ocurrido antes de que el Alojamiento fuera objeto del Intercambio durante el cual se produjeron los Daños Cubiertos;
(b) cualquier pérdida o daño causado tras la expiración de la duración del Intercambio;
(c) cualquier pérdida o daño que no haya sido causado por el uso del Alojamiento por parte del Miembro Invitado y de las personas que le acompañen;
(d) cualquier pérdida, daño, responsabilidad, coste o gasto de cualquier naturaleza causado directa o indirectamente por radiación ionizante o contaminación radiactiva procedente de cualquier combustible nuclear o de residuos derivados de la combustión de combustible nuclear, o por las propiedades radiactivas, tóxicas, explosivas o peligrosas de cualquier instalación nuclear o de cualquiera de sus componentes;
(e) cualquier pérdida, daño, responsabilidad, coste o gasto de cualquier naturaleza causado directa o indirectamente por guerra, invasión, revolución o supuestos de Fuerza Mayor;
(f) cualquier pérdida, daño, responsabilidad, coste o gasto de cualquier naturaleza causado directa o indirectamente por ondas de presión de aeronaves;
(g) cualquier pérdida, daño, responsabilidad, coste o gasto de cualquier naturaleza causado directa o indirectamente por, derivado de o relacionado con cualquier acto de terrorismo. A los efectos de esta exclusión, se entenderá por “terrorismo” el uso o la amenaza de uso de la fuerza o de contaminación biológica, química y/o nuclear por cualquier persona, actuando sola o en nombre de o en conexión con cualquier organización o gobierno, con fines políticos, religiosos, ideológicos o similares, incluyendo la intención de causar pérdidas, daños, responsabilidades, costes o gastos a cualquier persona, organización o gobierno, influir en cualquier gobierno o causar temor entre la población o un sector de esta;
(h) cualquier pérdida, daño, responsabilidad, coste o gasto de cualquier naturaleza causado directa o indirectamente por o derivado del desgaste por uso normal, virus, enfermedades, corrosión, óxido, humedad, insectos, plagas, hongos, condensación, decoloración, heladas o cualquier fenómeno de carácter gradual, así como por procesos de limpieza, teñido, reparación, modificación, renovación o restauración, o por catástrofes naturales;
(i) cualquier pérdida, daño, responsabilidad, coste o gasto de cualquier naturaleza causado por o derivado de un diseño, fabricación o materiales defectuosos;
(j) cualquier pérdida o daño causado por el uso del Alojamiento por parte del Miembro Anfitrión para actividades ilegales;
(k) cualquier reclamación o gasto de cualquier naturaleza causado directa o indirectamente por o derivado de cualquier tipo de contaminación;
(l) cualquier pérdida, daño, responsabilidad, coste o gasto de cualquier naturaleza causado por la pudrición;
(m) el fallecimiento accidental, enfermedad o lesiones físicas accidentales sufridas por un Miembro Anfitrión, un Miembro Invitado o cualquiera de sus acompañantes (salvo que sean causadas directamente por negligencia o conducta culposa de HomeExchange);
(n) los daños causados por un Miembro Invitado o cualquiera de sus acompañantes a propiedades colindantes de terceros;
(o) cualquier pérdida o daño a equipos causado por la imposibilidad de reconocer correctamente datos que representen una fecha de forma que dificulte o impida su funcionamiento, o causado por virus informáticos;
(p) los costes legales, prestaciones legales y/o responsabilidad derivados directa o indirectamente de la imposibilidad de los equipos para reconocer correctamente datos que representen una fecha de forma que dificulte o impida su funcionamiento, o derivados de virus informáticos. A efectos aclaratorios, no quedan excluidas las reclamaciones por costes o prestaciones legales que tengan por objeto la indemnización por daños personales.
A los efectos de los apartados (n) y (o) anteriores:
– “Equipos” incluye ordenadores y cualquier elemento que contenga un microchip.
– “Ordenadores” incluye hardware, software, datos, equipos de procesamiento electrónico de datos y cualquier otro equipo informático o electrónico relacionado con un ordenador.
– “Microchips” incluye circuitos integrados y microcontroladores.
– “Virus informáticos” incluye cualquier programa o software que dificulte o impida el funcionamiento de cualquier sistema operativo, programa informático o software.
HomeExchange no efectuará ningún pago en virtud de la presente oferta de Términos de Indemnización cuando el pago de la Indemnización:
– infrinja sanciones económicas, financieras o comerciales impuestas por la legislación del país en el que deba aplicarse la Indemnización; o
– infrinja sanciones económicas, financieras o comerciales impuestas por Canadá, la Unión Europea, el Reino Unido o los Estados Unidos de América.

8. Zona geográfica no cubierta

Todo Alojamiento publicado en la Plataforma será elegible para la Indemnización conforme a los presentes Términos de Indemnización, salvo que esté ubicado en un país respecto del cual un gobierno o un organismo gubernamental haya desaconsejado los viajes en sus comunicaciones oficiales (por ejemplo, el Ministerio de Asuntos Exteriores de Francia, www.diplomatie.gouv.fr, o el Foreign, Commonwealth & Development Office del Reino Unido, www.gov.uk, entre otros).